
Andorra: un sistema fiscal atractivo
El sistema fiscal del Principado de Andorra, con sus normas tributarias y sus impuestos, convierte a Andorra un destino privilegiado para los inversores extranjeros.
Un marco fiscal atractivo
Cabe destacar que en Andorra no existe impuesto de sucesiones ni impuesto sobre el patrimonio, y que los intereses bancarios sólo tributan a partir de 3 000€/año. Los distintos impuestos que existen en Andorra conllevan muchas ventajas, ya sea para las personas físicas, residentes o no en el Principado, como para las empresas andorranas.
Ventajas del sistema fiscal de Andorra para las empresas andorranas
En Andorra las empresas están sujetas a 2 impuestos principales: el Impuesto de Sociedades (IS) y el Impuesto General Indirecto (IGI), y, de forma indirecta para afectar a los titulares de la empresa, a un tercero: el IRPF .
Impuesto de Sociedades (IS)
Introducido en 2012 y con un tipo máximo del 10%, el Impuesto de Sociedades (IS) grava los beneficios realizados por las empresas. En Andorra, el sistema fiscal prevé ventajas particulares durante los tres primeros años de actividad. en los holdings que tienen acciones en otras sociedades matriculadas fuera del país.
Hay que precisar que España y Andorra han llegado a un acuerdo bilateral para impedir la doble imposición en relación a la fiscalidad andorrana de las empresas.
Impuesto General Indirecto (IGI)
Introducido en 2013, es el equivalente del IVA español, pero su tipo general es mucho menor: 4,5%. Este impuesto se aplica sobre el importe de la prestación de servicios o del de la mercancía. El IGI no grava la exportación de bienes o servicios.
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
Introducido en 2015, este impuesto grava la renta de las personas físicas y, por tanto, desde un punto de vista jurídico, no grava directamente a las empresas andorranas. Lo que sí grava este impuesto es la actividad profesional de los particulares que poseen una empresa o que residen más de 183 días al año en Andorra.
Ventajas de la fiscalidad andorrana para las personas físicas
El IRPF: ¿quién y qué graba?
Sujetos tributarios:
- Toda persona que reside en territorio andorrano más de 183 días por año civil
- Toda persona que ejerce una actividad económica en el territorio andorrano, o que dispone de intereses económicos que generen beneficios directos o indirectos en el Principado de Andorra.
El IRPF grava las siguientes rentas:
- La renta de una profesión o de una actividad: remuneración, salarios, primas;
- La renta que proviene de la explotación de bienes inmuebles, especialmente los bienes locativos;
- La renta de las actividades económicas, como las actividades comerciales, profesionales y de administración
- La renta de bienes o derechos mobiliarios, como los intereses bancarios
- La renta que proviene del cambio de la composición de las ganancias activas o de pérdidas de capital
El IRPF tiene un tipo máximo del 10%. Es inexistente cuando la renta no supera los 24 000 € anuales, siendo del 5% para las rentas de entre 24 000 € y 40 000 € anuales. Las adquisiciones a título gratuito (herencias y donaciones) no están grabadas por el Impuesto sobre la Renta.
Impuesto sobre la Renta de los No Residentes (IRNR)
Andorra es un país atractivo y las autoridades andorranas han tenido que tener en cuenta a los no residentes que quieren beneficiarse de las ventajas que ofrece el país. Los no residentes son, por ejemplo, los trabajadores fronterizos que viven en España o en Francia y que ejercen su actividad profesional en Andorra, o bien las personas que trabajan puntualmente en Andorra por un breve período de tiempo. Estas personas, ya que disfrutan de las ventajas del país pirenaico, están sujetas a la fiscalidad andorrana vía el IRNR y son, por ejemplo:
- Empresas proveedoras de servicios (reparación, alquiler inmobiliario, etc.)
- Profesores, profesionales de la formación, asistentes técnicos
- Artistas
- Trabajadores fronterizos afiliados a la CASS
Según la fiscalidad andorrana, el tipo del impuesto es del 10% de la renta percibida.
Una fiscalidad atractiva para los inversores extranjeros en Andorra
Un sistema fiscal que favorece la inversión inmobiliaria
El Impuesto sobre la Plusvalía y la legislación sobre alojamientos turísticos favorecen la inversión inmobiliaria en Andorra por parte de los inversores extranjeros.
La Plusvalía en Andorra
Este impuesto, introducido en Andorra en 2006, grava la venta de un bien inmueble que se haya adquirido menos de 10 años antes de la venta y se paga en el momento de la venta del bien. El Gobierno efectúa una retención del 5% del importe de la plusvalía durante un período de 3 a 6 meses para poder verificar que no existen sanciones administrativas en curso y para controlar el valor del bien declarado. ¿Cómo se calcula la Plusvalía? Todo depende de los años durante los cuales el bien inmueble haya sido propiedad del vendedor: si el bien ha estado en la posesión de la misma persona durante más de 10 años, no existe plusvalía. Por los bienes que no han estado en posesión del mismo propietario durante 10 años, el cálculo se realiza con un coeficiente corrector que fija el Gobierno andorrano. El tipo de la Plusvalía puede oscilar entre un 1% y un 15%.
Legislación sobre los alojamientos turísticos en el Principado
Si desea comprar un apartamento en Andorra para alquilarlo como apartamento turístico, deberá someterse a la fiscalidad andorrana y, más concretamente, a la ley de alojamientos turísticos, actualizada en 2017. Esta ley requiere que se declare el alquiler temporal en Ministerio de Turismo y que se obtenga un número de registro por cada unidad inmobiliaria. Este número permite la práctica de esta actividad y otorga una clasificación según los criterios del propio ministerio.
Para garantizar una calidad locativa y facilitar el alquiler de su inversión inmobiliaria, la legislación andorrana ha establecido un sistema de estrellas idéntico al sistema existente en Andorra para hoteles. La clasificación de los pisos se realiza según criterios internacionales: equipamiento de la cocina, del baño, etc…
Los notarios, especialistas fiscales del Principado de Andorra
Con sus aproximadamente 78.000 habitantes, Andorra sólo tiene 5 notarios, es decir, 1 notario por cada 15.000 habitantes. Le adjuntamos los datos de contacto de algunos de los notarios del Principado:
- Bartumeu Martinez, Isidre
C. Prat de la Creu, 36, andorra la Vella
Tel +376.801.000
- Notaria Rosa Ferrandiz
Bda del Moli, 9, 1-5, Andorra la Vella
Tel +376.802.660
- Rodriguez Miñana, Joan Carles
Av. Carlemany, 105, 5-3, Escaldes-Engordany
Tel +376.890.030
Los gastos de adquisición de un bien inmobiliario en el momento de la firma definitiva de la escritura de compraventa son los siguientes:
- 1% del precio de venta en concepto de gastos notariales
4% del valor del bien inmueble en concepto de ITP (Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales). Los notarios recaudan ese impuesto en nombre del Gobierno.


